Las cámaras tienen señalización para que los conductores las identifiquen. El radar no. También genera sanción.
Las cámaras de detección no están solas en su labor de cazar infractores. A la pregunta que circula en las redes sociales sobre la legalidad del uso de radares, y de las sanciones para los conductores, la Secretaría de Tránsito responde que el control manual del exceso de velocidad, una de las principales causas de accidentalidad en Medellín, está en uso y se ajusta a la norma.
Los agentes de Tránsito cargan dispositivos que permiten calcular la velocidad exacta del vehículo en el momento de la detección. Algunos, incluso, tienen una cámara que permite fotografiar la infracción.
Según Carlos Alberto Marín, subsecretario de Control del Tránsito, los aparatos cumplen de manera muy efectiva su función y apoyan el sistema de fotomultas.
El escenario en las calles reporta que desde el primero de abril de 2011 hasta el 31 de julio de 2012, se han generado 344.629 infracciones por exceso de velocidad.
Algunos radares funcionan incluso desde hace cuatro años.
Según Marín, los sitios donde han identificado mayor riesgo de exceso de velocidad son Belén, Guayabal, la avenida Regional, El Poblado y algunos sitios donde no hay cámaras de fotodetección.
"Los radares atienden donde la ciudadanía nos hace un requerimiento, donde consideramos que hay algún riesgo o donde se presentan varios casos de exceso de velocidad", afirmó el subsecretario.
Estos dispositivos tecnológicos ya suman 12, entre los adquiridos por el Tránsito y los suministrados por la Policía y el Fondo de Prevención Vial.
Según el Tránsito, los equipos están debidamente calibrados y garantizan una medición totalmente confiable.
La infracción puede costar cerca de 284.000 pesos.
PARA SABER MÁS
TENGA EN CUENTA LOS LÍMITES
La velocidad máxima que se puede alcanzar en Medellín es de 80 kilómetros por hora en todo el corredor vial del río. Esto luego de que el 9 de febrero se aumentara el límite en la calzada occidental de la autopista Sur y la Vía Distribuidora, lo que no contempla al servicio público, vehículos de carga y transporte escolar, para quienes sigue siendo de 60 kilómetros por hora.
En las demás vías arterias, no se debe sobrepasar los 60 kilómetros por hora, y en zonas residenciales, los 40. En zonas escolares la restricción es de 30.