El Consejo de Estado exoneró a la Nación de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios acaecidos con motivo del atentado terrorista con bomba ocurrido en la ciudad de Medellín en contra de la escultura El Pájaro del maestro Fernando Botero el 10 de junio de 1995.
Se determinó que si no se demuestra que el ataque va dirigido contra la institucionalidad de la Fuerza Pública o de la Administración, o un funcionario representativo del Estado y se evidencia que se tomaron las suficientes precauciones de seguridad, el Estado queda exento de responsabilidad.
Según la Sentencia, el atentado se perpetró en un parque público y no fueron atacadas instalaciones públicas, como la estación de policía o la alcaldía del municipio, por lo que se trató de un acto terrorista indiscriminado, cuyo fin fue crear pánico en la población y alterar el orden público.
Por tal razón, la Sala negó la reparación a la familia de una víctima de la explosión, pese a que existía un fallo anterior de una subsección de la Sección Tercera que había condenado a la Nación por los mismos hechos.
"La Sala considera que la cantidad de personal destinado a la vigilancia del evento fue razonable, teniendo en cuenta la naturaleza cultural de este, y que según el informe del DAS, a pesar de que el orden público estaba alterado por el enfrentamiento de los carteles del narcotráfico y los grupos subversivos, no era previsible la ocurrencia de atentados como el de la noche del 10 de junio de 1995, en el Parque San Antonio", señala el fallo.