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Multan a Báyer por niño arrollado

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La Inspección Municipal de Policía adscrita a la Secretaría de Movilidad, declaró contravencionalmente responsable al concejal de Medellín Carlos Alberto Báyer Cano, por la muerte, el 20 de julio de 2012, de un niño de 2 años, al que arrolló con la camioneta oficial que conducía. El hecho ocurrió en la calle 44 con carrera 99, barrio San Javier.

Es una decisión administrativa, independiente de una eventual investigación penal.

Según la decisión, Báyer Cano infringió los artículos 55 y 61 de la Ley 769, de 2002, ya que no guardó las debidas precauciones y cuidados al intentar realizar el giro desde la carrera 99 hacia la calle 44, arrollando con su vehículo al niño quien falleció posteriormente en un centro asistencial.

El fallo señala que el accidente obedeció única y exclusivamente a la impericia del citado conductor, quien volteó sin guardar los cuidados respectivos, hecho que se desprende de las versiones aportadas por los intervinientes y del material gráfico (croquis, planimetría, fotografías y videos), los cuales dan cuenta de una vía de doble sentido, presencia de semáforos, pasos peatonales sin regulación semafórica, alto flujo vehicular y peatonal, además de la posibilidad de giros bidireccionales, elementos estos que conllevan a que los conductores estén obligados a tener un mayor cuidado.

El concejal Carlos Alberto Báyer Cano dijo que no comparte la decisión, por lo que se acogió al recurso de apelación y que en ningún momento hizo una maniobra peligrosa y giró con toda precaución.

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