El Consejo de Estado confirmó un fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia que consideró que la Alcaldía de Medellín hizo una ocupación ilegal del edificio Vásquez, acto para el cual incurrió en una desviación de poder para hacerse al inmueble.
La sentencia del máximo tribunal de lo contencioso administrativo -proferida el 18 de julio de 2012 pero solo divulgada recientemente- respondió a una apelación que las señoras María Elena Gómez Vivares y Jael Vivares interpusieron por considerar que el fallo del tribunal antioqueño no satisfizo sus pretensiones.
Ellas, arrendatarias del edificio Vásquez, donde funcionaba el Hotel Santana y el cual administraban, demandaron al Municipio por considerar que a través de varias instancias se les montó "persecución" para hacerlas desalojar el bien con el fin de ejecutar un proyecto urbano.
Las señoras demostraron que a través de la negativa de permisos de funcionamiento fueron "asfixiadas" por la Administración -en tiempos del alcalde Sergio Naranjo - hasta obligarlas a una conciliación para abandonar el edificio.
Aunque se concluyó la "desviación de poder" del Municipio, a las demandantes sólo se les reconoció parte de sus demandas de indemnización, pero no perjuicios morales. El Municipio no se pronunció al no conocer el fallo.
La sentencia del máximo tribunal de lo contencioso administrativo -proferida el 18 de julio de 2012 pero solo divulgada recientemente- respondió a una apelación que las señoras María Elena Gómez Vivares y Jael Vivares interpusieron por considerar que el fallo del tribunal antioqueño no satisfizo sus pretensiones.
Ellas, arrendatarias del edificio Vásquez, donde funcionaba el Hotel Santana y el cual administraban, demandaron al Municipio por considerar que a través de varias instancias se les montó "persecución" para hacerlas desalojar el bien con el fin de ejecutar un proyecto urbano.
Las señoras demostraron que a través de la negativa de permisos de funcionamiento fueron "asfixiadas" por la Administración -en tiempos del alcalde Sergio Naranjo - hasta obligarlas a una conciliación para abandonar el edificio.
Aunque se concluyó la "desviación de poder" del Municipio, a las demandantes sólo se les reconoció parte de sus demandas de indemnización, pero no perjuicios morales. El Municipio no se pronunció al no conocer el fallo.